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Cápsula Jurídica Procesal

Jul 2, 2025

Presentación de nuevas pruebas durante el juicio penal

Por Joaquincito Bocio Familia

En la República Dominicana, la presentación de nuevas pruebas por parte del imputado o su defensa técnica en la etapa de juicio oral es un aspecto complejo y vital a la vez del debido proceso. El Código Procesal Penal establece el marco para la incorporación de la prueba.

Durante el juicio oral, la regla general es que las pruebas ya deben haber sido ofrecidas y admitidas en la fase intermedia. Sin embargo, existen situaciones excepcionales en las que se puede intentar introducir pruebas «nuevas» o no previamente ofrecidas.

Esto suele ocurrir cuando surgen circunstancias inesperadas o se descubren elementos relevantes durante el transcurso del juicio que no pudieron ser conocidos o presentados con anterioridad.

La Normativa Procesal Penal dominicana, si bien no detalla explícitamente un «procedimiento para prueba nueva» en el juicio como tal, contempla la posibilidad de ampliación de la acusación o la revelación de hechos inesperados, lo que podría dar lugar a la necesidad de presentar nuevas pruebas. En estos casos, el tribunal puede suspender la audiencia para permitir a las partes preparar su defensa o incluso ordenar una investigación suplementaria.

La admisión de cualquier prueba, sea nueva o no, está sujeta a los principios de legalidad, pertinencia, utilidad y licitud. Esto significa que la prueba debe haber sido obtenida de forma legal, ser relevante para el caso, contribuir a esclarecer los hechos y no estar prohibida por la ley. La oralidad es un principio fundamental en el juicio penal dominicano, lo que implica que la mayoría de los actos procesales, incluyendo la presentación de pruebas, se realizan de viva voz en audiencia.

Si la defensa desea introducir una prueba que no fue ofrecida previamente, deberá justificar ante el tribunal la imposibilidad de haberla presentado en la etapa oportuna (la audiencia preliminar) y demostrar su relevancia y necesidad para la correcta resolución del caso. El tribunal valorará la solicitud aplicando los principios de la sana crítica y garantizando el derecho a la defensa y la igualdad de armas entre las partes.

En caso de que el tribunal considere que una prueba no fue debidamente valorada incorporada, e incluso si es necesario una nueva valoración de la prueba, se puede ordenar la celebración de un nuevo juicio.

Investigación preliminar en el Código Procesal Penal Dominicano

Esta exposición es relevante ya que aborda en el proceso de investigación preliminar una parte vital no muy esclarecida en el Código Procesal Penal dominicano, el cual regula la etapa donde se recogen y se ofrecen las pruebas que luego serán presentadas en el juicio oral, sin embargo el tema en especial resulta de gran importancia ya que ha diario vemos casos donde emergen situaciones de esta naturaleza que ponen en prueba la capacidad procesal de abogado que hace habitual el ejercicio del derecho penal, en ámbito procesal, donde su éxito normalmente como abogado se ve cuestionado.

En resumen invitamos a los abogados que aspiran ejercer la ateria citada, involucrarse en el estudio específico de este ambicioso tema. Maestro Joaquincito Bocio Familia,
Penalista y procesalista dominicano.

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